15 Mar ¿En qué me afecta la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)?
El pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo Salario Mínimo Interprofesional, situándose en 900 euros mensuales.
Desde el Despacho Tributario Berenguela queremos ayudarte a entender qué supone este incremento del SMI y si verás variaciones o no en tu nómina.
¿En qué consiste la subida del SMI?
Con la publicación en el BOE del RD 1462/2018, quedó confirmada una subida del SMI en un 22.3%. El anterior SMI era de 735,90 euros, en la actualidad es el siguiente:
- Salario Mínimo Interprofesional diario: 30 euros/día
- Salario Mínimo Interprofesional mensual: 900 euros/mes
El cómputo de la retribución anual que recibe un trabajador no podrá ser inferior a 12.600 euros anuales. Estamos ante una retribución mensual de 900 euros mensuales, si se reciben 14 pagas, o 1.050 euros mensuales si se reciben las pagas prorrateadas.
Hay que tener en cuenta que estas cifras están contempladas para un trabajo a jornada completa, teniendo que sacar la proporción real en caso de enfrentarnos a una jornada parcial.
Por lo tanto, lo primero que tendrás que hacer es conocer tu retribución anual. Si es inferior a 12.600 euros, ya sabes que a partir de este año 2019 la empresa tiene que aumentar el importe de tus nóminas.
¿Qué consecuencias tiene para un trabajador la subida del salario mínimo interprofesional?
Esta medida no afecta a todos los trabajadores. Si tú tienes un salario anual superior a 12.600 euros, no notarás ningún cambio en tu nómina.
Ahora bien, si por tu trabajo a tiempo completo recibes menos de 1050 euros mensuales, tienes que ver variar tu nómina desde el mismo mes de enero.
Tu salario tiene que pasar a ser de 900 euros, si no tienes las pagas prorrateadas, o de 1.050 euros si están prorrateadas.
Aquellos Convenio Colectivos que establezcan salarios por debajo del nuevo SMI serán actualizados de forma automática, quedando desfasados todos los importes que sean inferiores a la subida experimentada en el SMI.
Y si mi empresa no lo aplica la subida del SMI, ¿qué puedo hacer?
Todos los clientes del Despacho Berenguela, mediante nuestro departamento de asesoría laboral, ya conocen la obligatoriedad de incrementar aquellos salarios que se han quedado por debajo del SMI.
Si tu empresa no ha realizado la actualización de salario, tienes que tomar medidas.
Lo primero que siempre proponemos desde nuestro despacho es la comunicación con la empresa. La primera reclamación consideramos que siempre tiene que ser oral o escrita, pero sin la intervención de la vía judicial.
Si ante esta primera reclamación la empresa no reacciona, es el momento de solicitar judicialmente el reconocimiento de tus derechos. Tendrás que acudir a la jurisdicción social, primero con una papeleta de conciliación y, si no hay avenencia, con una demanda.
Si tienes alguna consulta, no dudes en dejarnos un comentario.
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